Delito de exceso de velocidad temerario despachado
03 de junio de 2020
La sala de la Cámara de Diputadas y Diputados de Chile ha aprobado en general y en particular el proyecto de ley refundido que “Modifica la ley N° 18.290, de Tránsito, para sancionar la organización y participación en carreras no autorizadas de vehículos motorizados” (boletín 12065-15) y “Modifica la ley N° 18.290, de Tránsito, para agravar las penas y sanciones cuando la infracción se cometiere conduciendo a exceso de velocidad” (boletín 10109-15).

La Necesitad de sancionar la velocidad
Según la Comisión Nacional de la Seguridad de Tránsito (CONASET), la velocidad es la primera causa de fallecimiento en el tránsito con un 28% de los fallecidos (datos 2009-2018). Esto representa cerca de 500 vidas perdidas cada año en Chile. En ciudades, un conductor manejando a 80 km/h, tiene una probabilidad 31,7 más alta de participar en siniestro vial fatal que si manejará a 60km/h, eso corresponde a conducir con 2,1 g de alcohol por litro de sangre (Referencia: McLean J, kloeden C, Alcohol, Travelling Speed and the Risk of Crash Involvement, 2002).
Para poder tener una movilidad segura, se necesita luchar contra el exceso de velocidad.
Las sanciones por el exceso de velocidad en Chile son las siguientes:
de 1 a 5 km/h -> no se considera una infracción
de 6 a 10 km/h sobre el límite -> infracción menos grave -> multa de 0,5 a 1 UTM
de 11 a 20 km/h sobre el límite -> infracción grave -> multa de 1 a 1,5 UTM
de 21 km/h sobre el límite -> infracción gravísima -> multa de 1,5 a 3 UTM y suspensión de la licencia de 5 a 45 días
Estas sanciones son muy bajas, no toman en cuenta los altos excesos de velocidad (maneja en la ciudad a 71 km/h es igual a manera a 120 o 200 km/h) y solo contempla multa económicas y suspensión de licencia de conducir cortas.
El profesor Luis Rizzi de la Universidad Católica delante de la Comisión de Transportes de la Cámara de Diputados de Chile declaró “Los montos de las multas son bajos. Deben incrementarse más que proporcionalmente con el incremento del exceso de velocidad… La reincidencia de los altos excesos de velocidad debe ser penalizada fuertemente. En estos casos, debería hacerse una labor de seguimiento de los infractores ya que la suspensión de la licencia probablemente no sea una medida disuasoria efectiva”
El proyecto de ley mencionado arriba, además de aumentar las penas por la participación y la organización de carreras no autorizadas de vehículos motorizada, crea el delito de exceso de velocidad temerario, sancionando con prisión en su grado máximum exceder en más de 60 km/h el límite de velocidad establecido.
Este proyecto es muy importante para evitar muertes en siniestros de tránsito. Esperamos que sea ley pronto.
Para apoyarlos les invitamos a firmar y difundir la siguiente petición: https://www.change.org/ContraExcesoVelocidadChile

Votación y debate
El Proyecto de Ley que sanciona las carreras clandestinas de vehículos motorizados y el exceso de velocidad temerario fue aprobado por la Cámara de Diputadas y Diputados, por 150 votos a favor y dos abstenciones, y despachado a segundo trámite al Senado.
El debate fue muy interesante, abordando varios partes importantes del proyecto.
El diputado Marcos Ilabaca calificó el proyecto de "una oportunidad histórica de iniciar un cambio en las mentalidades de los conductores", también insistió que esta ley debe ser acompañada de más fiscalización y una mejor educación vial.
El diputado Javier Hernandez empezó su intervención enumerando titulares de noticias relatando muertes por culpa de Carreras Ilegales. Esta lista fue impactante.
Por su parte, la diputada Loreto Carvajal puso en contexto la importancia que tiene los siniestros viales recordándonos que "por cada muerte que ocurre en Chile respeto a un acto de violencia, 6 fallecidos ocurren por causa de accidentes de Tránsito"
Finalmente el diputo Jaime Mulet felicitó a nuestro asociación MEL. Movimiento contra el Exceso de velocidad Letal Chile
Se puede ver la sesión correspondiente al siguiente link