Homicidio Vial : Derecho Comparado
21 de marzo de 2024
Con cerca de 2.000 muertes, 60.000 heridos y miles de familias impactadas al año en Chile, los siniestros de tránsito son un tema importante de salud pública.
Hoy en Chile, si un conductor es responsable de la muerte o de lesiones graves, si no consumió alcohol, no se dio la fuga, o no se puede probar que manejaba una a “velocidad temeraria” (más de 60 km/h sobre el límite), el hecho será tipificado como un “cuasidelito” se presume que es un “accidente” y que el conductor no tenía la intención de matar. Esto no hace la diferencia entre un verdadero accidente (que no se puede evitar) con una imprudencia que pone las vidas de los demás en peligro.
El cuasidelito de homicidio tiene penas muy bajas y su nombre minimiza los comportamientos temerarios que pueden llevar a muertes en el tránsito. Este documento revisa las nominaciones y las penas asociadas a la conducción culposa con resultados de heridas graves o muerte en otros países.
El homicidio en carretera es un delito tipificado en el Derecho penal italiano.
La ley que introdujo el delito en el ordenamiento jurídico italiano se promulgó en 2016 a raíz de una iniciativa popular que remonta a 2010 y que proponía la institución del homicidio en carretera, una figura delictiva específica que impondría penas intermedias entre el homicidio voluntario y el culposo, con detención en flagrante delito y prohibición de por vida de conducir vehículos.
Las penas asociadas son de 2 a 18 años de prisión.
Según la Cámara de diputados de Italia: "La Ley nº 41 de 2016 inserta en el Código Penal el delito de homicidio en carretera (artículo 589-bis) a través del cual se castiga con pena de prisión (de diversa gravedad en función del grado de culpabilidad) al conductor de un vehículo a motor cuya conducta imprudente constituya la causa del suceso mortal. En particular
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se confirma el supuesto genérico de homicidio culposo cometido con infracción de las normas de tráfico (la pena sigue siendo de prisión de 2 a 7 años);
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el homicidio culposo en carretera cometido por conductores de un vehículo de motor en estado de intoxicación etílica grave (tasa de alcohol en sangre superior a 1,5 gramos por litro) o de alteración psicofísica como consecuencia de la ingesta de estupefacientes o sustancias psicotrópicas se castiga con penas de prisión de 8 a 12 años; en el caso de conductores profesionales, basta con encontrarse en estado de intoxicación etílica media (tasa de alcohol en sangre de entre 0,8 y 1,5 gramos por litro) para la aplicación de la misma pena.
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por otro lado, el homicidio culposo en carretera cometido por conductores de un vehículo a motor bajo en estado de intoxicación etílica media, culpables de una conducta específica caracterizada por la imprudencia: sobrepasar los límites de velocidad, cruzar cruces con semáforo en rojo; circular por el lado contrario de la calzada; dar marcha atrás cerca o en intersecciones, curvas o badenes; adelantar de forma temeraria, será castigado con la pena de prisión de cinco a diez años.
La pena se reduce a la mitad cuando el “homicidio en carretera”, aunque sea causado por la conducta imprudente mencionada, no es consecuencia exclusiva de la acción (u omisión) del infractor.
Por otro lado, la pena se incrementa si el infractor no ha obtenido el permiso de conducir (o lo tiene suspendido o revocado) o no ha asegurado su vehículo a motor.
También aumenta la pena si el conductor causa la muerte de varias personas o lesiones a varias personas. En este caso se suma las penas por cada delito y se aumenta hasta tres veces; sin embargo, la pena máxima se fija en 18 años (el máximo actual es de 15 años).
Por último, se establece una circunstancia agravante específica en el caso de que el conductor, responsable de homicidio culposo en carretera, se haya dado a la fuga. En este caso, la pena se incrementa de 1/3 a 2/3 y no puede, sin embargo, ser inferior a 5 años.”[1]
[1]Cámara de diputados de Italia, 2018, Il delitto di omicidio stradale nella legge n. 41 del 2016
Italia
Estados unidos
Todos los estados de los Estados Unidos, excepto Alaska, Montana y Arizona, tienen leyes de homicidio vehicular. Las leyes tienen el efecto de hacer de un vehículo un arma potencialmente mortal, para permitir una condena más fácil y penas más severas; en los estados sin tales estatutos, los acusados todavía pueden ser acusados de homicidio o asesinato en algunas situaciones.[2]
Las penas son diferentes entre estados, pero pueden llegar hasta 30 años como el estado de Luisiana, donde las penas van de 5 a 30 años de prisión.[3]
[2]National Highway Traffic Safety Administration, 2009, Vehicular Homicide and the Impaired Driver,
[3]Louisiana Laws, 2006, Vehicular homicide
Francia
Penas actuales
En Francia, en caso de que la imprudencia de un conductor provoca lesiones o muertes, se califica el hecho como un “homicidio involuntario”.[4] Las penas dependen del impacto del siniestro vial provocado y de los comportamientos agravantes siguientes:
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No respecto manifiesto y voluntario de la ley de transito
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Conducción en estado de ebriedad o negarse a las pruebas de alcoholemia
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Conducción bajo los efectos de estupefacientes o negarse a las pruebas de estupefacientes
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Conducción sin licencia o con licencia suspendida
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Conducción a más de 50km/h sobre el limite
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Darse la fuga
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Uso por parte del conductor de auriculares o de un teléfono de mano
Se puede ver el detalle de las penas en la siguiente tabla:
[4] Légifrance, 2024, Article 221-6-1 https://www.legifrance.gouv.fr/codes/article_lc/LEGIARTI000031927877
Propuesta de homicidio vial
Existe una propuesta de proyecto de ley que ya fue aprobada por unanimidad por la Cámara de Diputados de Francia para cambiar “Homicidio involuntario” en “Homicidio vial”, cuando concurran una o varias circunstancias agravantes. [5] [6] [7]
Tambien, este proyecto agrega o modifica las circunstancias agravantes como sigue:
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No respecto manifiesto y voluntario de la ley de transito
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Conducción en estado de ebriedad o negarse a las pruebas de alcoholemia
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Conducción bajo los efectos de estupefacientes o negarse a las pruebas de estupefacientes
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Conducción sin licencia o con licencia suspendida
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Conducción a más de 30km/h (en vez de 50 km/h) sobre el limite
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Darse la fuga
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Uso por parte del conductor de auriculares o de un teléfono de mano
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No asistir a personas en peligro
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Consumo deliberado de sustancias psicoactivas de forma indirecta o manifiestamente excesiva
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Participación en carreras clandestinas
Este proyecto ha recibido el apoyo de las asociaciones de seguridad vial de Francia.
[5] L'Obs, 2024, L’Assemblée nationale vote pour la création d’un nouveau délit d’« homicide routier
[6]Le Monde, 2024, Sécurité routière : la création d’un délit d’« homicide routier » discutée à l’Assemblée nationale,
[7]Cámara de diputados de Francia, 2024, Homicide routier
España
Penas actuales
Hoy en día en España, si un conductor imprudente provoca la muerte de una persona, se califica este hecho como un “homicidio imprudente” con penas de prisión de 1 a 4 años de prisión y retiro de la licencia de conducir de 1 a 6 años.
El artículo 142.1 del código penal consta: “El que por imprudencia grave causare la muerte de otro, será castigado, como reo de homicidio imprudente, con la pena de prisión de uno a cuatro años.
Si el homicidio imprudente se hubiera cometido utilizando un vehículo a motor o un ciclomotor, se impondrá asimismo la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de uno a seis años. A los efectos de este apartado, se reputará en todo caso como imprudencia grave la conducción en la que la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en el artículo 379 determinara la producción del hecho.”
Propuesta de homicidio vial
Agrupaciones de seguridad vial de España llaman a la tipificación de un delito de Homicidio Vial como existe en Francia, porque estiman que “es inadecuado el adjetivo de "involuntario", sobre todo cuando el conductor se pone al volante después de haber bebido alcohol o consumido estupefacientes que sabe incompatibles.[8]
[8] Stop accidentes, 2023, el delito dehomicidio vial https://stopaccidentes.org/uploads/XVIII_FORO/20231016_EL_DELITO_DE_HOMICIDIO_VIAL_Vicente_Magro.pdf