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La impunidad premia al delito

25 de mayo de 2019

El día 02 de febrero del 2018, Melody Fung Gárate, joven abogada de 27 años, fue atropellada mientras subía a un taxi por un conductor que manejaba un AUDI RS-7, de alta gama, a alto exceso de velocidad (más de 120 km/h según peritajes), en una zona limitada a 60 km/h.  Ella falleció a consecuencia del impacto.  Hoy existe un proceso penal en curso por estos hechos, en fase de investigación.

Se puede ver el vídeo del siniestro que costó la vida a Melody en la siguiente noticia: 

https://www.24horas.cl/nacional/video-capta-choque-que-termino-con-la-vida-de-una-abogada-en-providencia-2632088

Cuando la investigación por el fallecimiento de Melody empezó, descubrimos que, en 2008, el mismo conductor, José Luis Rifo Díaz, había sido imputado en otro proceso penal, por el atropello a Pablo Romero Vargas, un joven de 20 años, quien falleció después de pasar 18 meses en coma.

Así mismo, el 28 de junio de 2013 estuvo imputado por otro cuasidelito.  Cuando después de perder el control de su vehículo (un AUDI RS-5 de alta gama), colisionó a un bus del Transantiago. En la ocasión, dos ocupantes del bus resultaron levemente heridos; pero me pregunto, ¿qué hubiera pasado si en vez de una micro, hubiera chocado con un auto particular?

Respecto de ambos siniestros, el conductor no ha pasado ni un solo día en la cárcel. Y por el caso de Melody es improbable que vaya a la cárcel, pues en la investigación los hechos han sido calificados como “cuasidelito de homicidio”, y ese tipo penal tiene sanciones muy bajas en Chile.  Ni siquiera se sabe por cuánto tiempo se podría llegar a suspender su licencia de conducir.

En los tres casos, la alcoholemia no arrojó resultados de consumo. Pero en ninguno de los casos se hizo pruebas de drogas. En el caso de Melody, escuchando el testimonio de personas que estaban presentes en el lugar del siniestro, la familia de Melody tenía la fundada sospecha que el conductor estaba bajo la influencia de estupefacientes. La verificación de lo anterior era su única esperanza para ver al conductor ir a la cárcel, pues hubiera cambiado la imputación a hechos coincidentes con el tipo penal establecido por la Ley Emilia, que contempla penas de cárcel efectiva. Sin embargo, las muestras fueron destruidas por el Servicio Medico Legal antes de hacer de los exámenes pedidos por la Fiscalía.

El conductor es una persona mayor (más de 60 años), que ya debería saber el impacto que puede llegar a tener un siniestro vial o una conducción imprudente. Pero las sanciones que la ley contempla son tan bajas que no han cambiado su comportamiento, y fundadamente podría temerse que más situaciones con similares resultados vuelvan a ocurrir en el futuro.

Como decía el escritor Eduardo Galeano “La impunidad premia al delito, induce a su repetición y le hace propaganda; estimula al delincuente y contagia su ejemplo“, de modo que, se debe cambiar el Código Penal para que los delitos viales sean juzgados más severamente, y poder así cambiar el comportamiento imprudente de los conductores chilenos.

Axel RIMBAUD

Fuente pagina del poder judicial

*Este articulo describe un proceso judicial en curso. Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra (Articulo 4 del Código Procesal Penal)*

Taxi.jpg

Foto del taxi en el cual Melody intentó subirse
Tomada por Jaime Sepúlveda

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